Curia Arzobispal
Vicaría General
Es quien ayuda al Arzobispo en el gobierno de toda la Arquidiócesis, dotado de la potestad ordinaria vicaria que le confiere la ley canónica. Debe ser uno solo, pero si el número de habitantes o razones pastorales lo aconsejan, el Arzobispo puede nombrar más de uno. En la Arquidiócesis de Cali los obispos Auxiliares son nombrados, por el Arzobispo, vicarios generales; además, ha sido costumbre nombrar un Presbítero como vicario general sobre quien recaen funciones específicas como el ser Moderador de la Curia Arquidiocesana.
El vicario general es nombrado libremente por el Arzobispo y puede removerlo también libremente. Debe ser sacerdote de más de treinta años de edad, doctor o licenciado en derecho canónico o en teología, o verdadero experto en estas materias, dotado de sana doctrina, honradez, prudencia y experiencia en la gestión de los asuntos. Es incompatible este cargo con el de penitenciario; y no se lo puede encomendar el Arzobispo a sus parientes hasta el cuarto grado.
En virtud de su oficio le compete en toda la Arquidiócesis la potestad ejecutiva que corresponde por derecho al obispo diocesano, exceptuados los actos que se hubieran reservado el Arzobispo, o para los que el derecho requiere mandato especial.
Le corresponden también las facultades habituales concedidas por la sede Apostólica al Arzobispo, y la ejecución de los rescriptos, a no ser que se establezca otra cosa, o se hayan tenido en cuenta las cualidades personales del Obispo diocesano. Debe informar al Obispo diocesano sobre los asuntos más importantes por resolver o ya resueltos, y nunca actuará contra la voluntad o intenciones del obispo diocesano.
El vicario general es el representante legal suplente de la Arquidiócesis de Cali. Le corresponde la posesión canónica de los sacerdotes, dar las autorizaciones para asuntos de administración extraordinaria de las personas jurídicas eclesiásticas, conceder las dispensas y facultades en conformidad con la ley canónica, atender delegaciones de las parroquias para asuntos administrativos, participar como miembro en los consejos de pastoral y gobierno, representar al Señor Arzobispo en actos oficiales de gobierno, cuando él lo requiera.
Como Moderador de Curia es el presidente de la Junta de Personal, es el responsable de la animación, capacitación, organización y articulación del personal.
Cesa su potestad por renuncia aceptada, y, si no es Obispo Auxiliar, por remoción notificada por el Arzobispo, o cuando queda suspendido de su cargo el Arzobispo, o queda vacante la sede.
Vicario General de la Arquidiócesis de Cali
Pbro. Wiston Mosquera Moreno
Teléfono: (572) 889 0562 Ext: 1088
Cancillería
La Cancillería es la oficina encargada de la expedición de documentos oficiales de la Arquidiócesis de Cali, autenticaciones de los documentos eclesiásticos (Partidas de Bautismo, confirmación, matrimonio) de la misma Jurisdicción Eclesial.
OBJETIVO: Garantizar la orientación, verificación, certificación y control de los documentos eclesiásticos en su validez ante las autoridades competentes, con el fin de prestar un servicio oportuno y eficiente tanto a Sacerdotes como Laicos.
SERVICIOS
- Autenticación de Partidas eclesiásticas
- Permisos para matrimonios (Delegación Matrimonial, Proclamas e Impedimentos).
- Expedición Partidas de Confirmación que se encuentran en los archivos de la Cancillería.
- Reconstrucción de Partidas de Confirmación cuando estas no se encuentran en las Parroquias. Requisitos: Partida de Bautismo original, nombre del padrino o madrina de confirmación, fotos de la confirmación.
- Autenticaciones y expedición de certificados para registrar matrimonios católicos en la Registraduría Especial del Estado Civil o Notaria.
- Elaboración de certificados para Sacerdotes, Comunidades Religiosas, Colegios, Parroquias e Instituciones de la Arquidiócesis de Cali (Representación legal, trámites bancarios, DIAN, Nit, actas de ordenación, emolumentos).
- Información a los Sacerdotes y secretarias de los despachos parroquiales y laicos.
NOTA: Las Partidas eclesiásticas deben ser recientes.
Canciller: Pbro. Jaime Humberto Ramos Escobar // Secretaria de Cancillería: Carolina García Agudelo // Dirección: Carrera 4 No. 7-17 Cali, Colombia Teléfono: (+572) 889 0562 /71 Ext: 1061 // Correo: cancilleria@arquicali.org
Notaría
En la Arquidiócesis de Cali, existe una sala encargada de corregir o reconstruir las partidas eclesiásticas (Bautismo, Confirmación, Matrimonio) inscritas en los libros Parroquiales. Esta oficina está identificada como Notaría Eclesiástica.
Corrección de Partidas
Partida de Bautismo
Se requiere como base el Registro Civil vigente, presentarse la persona interesada con la Cédula de Ciudadanía y fotocopia de la misma. Si la persona es un menor de edad, presentarse uno de los padres con la cédula de ciudadanía. En caso de que el interesado (a) no pueda estar presente, conceder un poder debidamente autenticado a una segunda persona dirigido a la Arquidiócesis de Cali para diligenciar esta corrección. Hay situaciones en que la Notaria Eclesiástica se ve en la necesidad de confrontar e investigar directamente con las Parroquias que origina el documento, para validar la información.
Partida de Matrimonio
Para corrección de partida de matrimonio se pide como prueba la partida de bautismo del (la) contrayente que presenta el error. Presentarse uno de los contrayentes con su Cédula de Ciudadanía y fotocopia de la misma. Si los contrayentes que se encuentran en la partida han fallecido, la tramitación la pueden realizar los hijos presentando el certificado de defunción o conceder un poder debidamente autenticado a una segunda persona dirigido a la Arquidiócesis de Cali.
Partidas de Confirmación
Se requiere para esta corrección la Partida de bautismo original y a la fecha, presentarse la persona interesada con su Cédula de Ciudadanía y fotocopia de la misma. En caso que el interesado (a) no pueda estar presente, conceder un poder debidamente autenticado a una segunda persona dirigido a la Arquidiócesis de Cali.
Reconstrucción de Partidas Eclesiásticas:
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 am a 11:00 am
Partida de Bautismo
Para reconstrucción de Partida de Bautismo se necesita como pruebas: Carta negativa de la parroquia donde se celebró el sacramento. Testigos fidedignos del sacramento (Padres o Padrinos) con su respectiva cédula de ciudadanía. Registro Civil Fotos si las tienen.
Partida de Bautismo
Para reconstrucción de partida de matrimonio se necesita como pruebas: Presentarse uno de dos contrayentes, carta negativa donde se celebró el Sacramento, partida de bautismo de los contrayentes. Testigos fidedignos del Sacramento con su respectiva cedula de ciudadanía, fotos si las tienen.
Estas reconstrucciones son directamente con el Delegado Arzobispal para causas de partidas. Hay situaciones donde se necesita confrontar e investigar los documentos para dar valides a la información.
Delegado Arzobispal de Partidas: Pbro. Álvaro Franklin Álzate // Dirección: Carrera 4 No 7-17 // Teléfono: (572) 889 0562 Ext. 1060 – 1062
Notaria Eclesiástica: Jenny Campos Charry // Dirección: Carrera 4 # 7 – 17 // Teléfono: (572) 889 0562 ext. 1060
Correo electrónico: notaria@arquicali.org // Cali – Colombia